HECHOS DE TRÁNSITO TERRESTRE


ES PARTE DE LA CRIMINALISTICA que se ocupa de la investigación técnico científica de los hechos de tránsito terrestre. Estudia la dinámica, condiciones y circunstancias que determinan un hecho de tránsito terrestre. 


Utiliza fundamentalmente los conocimientos físicos matemáticos, en los siniestros o accidentes, provocados por vehículos automotores, así como las consecuencias y responsabilidades en las que incurren las personas involucradas. El tipo de información que se obtiene es de 2 tipos:


Información subjetiva.- Es la que nos proporciona elementos en forma indirecta, a través de documentos generalmente concentrados en el expediente de que se trate.

Información objetiva.- Son todos aquellos datos que el perito obtiene directamente tanto del análisis del lugar como de la revisión de los vehículos involucrados. 



consecuencias por el aumento del flujo vehícular en los últimos años:                                    
               
                                                     INTERVENCIÓN DE UN PERITO

EL PERITO EN HECHOS DE TRÁNSITO TERRESTRE interviene cuando se trata de eventos tales como: 
  1. COLISIÓN DE VEHÍCULOS CONTRA UN OBJETO FIJO.
  2. COLISIÓN DE DOS O MÁS VEHÍCULOS. 
  3. COLISIÓN DE UN VEHÍCULO CONTRA UN PEATÓN. 
  4. VOLCADURA. 
  5. CAÍDA DE UNA PERSONA DESDE UN VEHÍCULO EN MOVIMIENTO. 
  6. COLISIÓN DE UN VEHÍCULO CONTRA UN SEMOVIENTE. 
  7. INCENDIO DE UN VEHÍCULO A CAUSA DE COLISIÓN O VOLCADURA. 
  8. DAÑOS O LESIONES CAUSADAS POR UN VEHÍCULO Y. 
  9. HOMICIDIOS CAUSADOS POR ATROPELLAMIENTO O CHOQUE.
EL PERITO EN TRÁNSITO TERRESTRE determinará: 
  1. LA DIRECCIÓN QUE LLEVABAN LOS VEHÍCULOS. 
  2. LA FORMA DEL CHOQUE. 
  3. EL LUGAR. 
  4. LA VELOCIDAD A QUE ERAN CONDUCIDOS. 
  5. LA CLASE Y EVOLUCIÓN DEL ACCIDENTE. 
  6. LA DINÁMICA Y LA CAUSA PROBABLE DEL SINIESTRO. 
Para ello, EL PERITO DEBERÁ REALIZAR: ESTUDIO DE TERRENO, DEL VEHÍCULO  DE LA VICTIMA Y DEL CONDUCTOR. También a él le compete establecer cuál de los conductores fue el que hizo caso omiso de la (las) señalización (es).

EL PERITO EN HECHOS DE TRÁNSITO al rendir su dictamen, deberá tomar en consideración todos los puntos referidos, sin perjuicio de poder realizar investigaciones especiales que le servirán de apoyo o sustento. Todas estas circunstancias, hace que se divida en tres apartados el estudio contenido en el dictamen: la obtención de datos con su respectiva subdivisión: 
  1. RECOLECCIÓN DE DATOS ESENCIALES. 
  2. LEVANTAMIENTO DE PLANOS Y OBTENCIÓN DE FOTOGRAFÍAS. 
  3. LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO Y LAS CONSIDERACIONES TÉCNICAS. 
  4. Y POR ÚLTIMO, SU(S) CONCLUSIÓN(ES).

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